Con la publicación de la 2º versión del 1er Anteproyecto de la Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2015, el 28 de enero en la página del SAT se otorga una facilidad para que los contribuyentes que tributen en el régimen de incorporación RIF pueden incumplir con sus declaraciones bimestrales sin riesgo de abandonar el régimen.

Riesgo de no presentar declaración

Lo anterior, en atención a lo previsto en el articulo segundo transitorio, del anteproyecto, que indica que para los efectos del articulo 112, fracción VIII, segundo párrafo de la Ley del ISR, se considera que los contribuyente incumple con la presentación de las declaraciones bimestrales del ejercicio 2014, cuando no atiendan los requerimientos efectuados por la autoridad fiscal para la presentación de dos declaraciones bimestrales omitidas de forma consecutiva, en términos del artículo 41, fracción I del CFF, situación con la cual podrían serán multados.

Lo anterior, dado que el artículo 112, fracción VIII, de la LISR, indica que es obligación de los RIF presentar en forma bimestral ante el SAT presentar su declaración de ingresos obtenidos y las erogaciones realizadas, incluyendo las inversiones, y la información de las operaciones con sus proveedores en el bimestre inmediato anterior, de no presentar la referida declaración dos veces de forma consecutiva o cinco en un periodo de 6 años, el contribuyente deja de tributar en RIF.

Comunicado de prensa del SAT

El 29 de Enero, el publicó un comunicado del SAT en el cual se indica que “La autoridad reconocer que se requiere tiempo para adaptarse a las nuevas tecnologías”.

Adicionalmente se indica que “la facilidad de permanecer en el régimen, permite a los contribuyentes continuar avanzando en su proceso de formalización y gozar de los beneficios de la seguridad social: tales como acceso a servicios médicos, créditos para adquirir vivienda, pensión para el retiro y apoyos económicos, así como descuentos graduales en el pago de ISR”

Curiosamente en dicho comunicado no se indica cuántos contribuyentes tributan en el RIF, y mas bien se indican las cifras de millones de operaciones sobre registro de ingresos, gastos, inversiones y deducciones, declaraciones recibidas y facturas electrónicas emitidas.

Si deseas descargar el comunicado de presenta del SAT, lo puedes hacer de la siguiente liga:

Comunicado de prensa

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