A casi unas horas de haberse dado a conocer la CUARTA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, el SAT, publico en su sitio de Internet un nuevo cambio.

Efectivamente, se dio a conocer el Anteproyecto de la QUINTA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, el SAT con fecha 30 de septiembre.

A continuación presentamos los cambios que tiene este documento, para nuestros lectores.

Pemex y Distribuidores y Estaciones de servicio

Durante octubre y noviembre de 2015, los distribuidores autorizados de PEMEX y las estaciones de servicio (gasolineras) no estarán obligados a incorporar en los CFDI que expidan la clave de la TAR ni el “Complemento Concepto Acreditamiento del IEPS” de la regla 9.13. (reforma al artículo 4o Transitorio de la 4a RMRMF 2015)

Se extiende hasta diciembre de 2015, para que los distribuidores autorizados de PEMEX y las estaciones de servicio (gasolineras) deberán manifestar en el complemento del CFDI que expidan por la enajenación de diésel, la clave de la TAR en la que hayan adquirido dicho combustible durante el mes de noviembre de 2015. Anteriormente, decía Octubre y septiembre.

Estimulo Diesel

Se amplía el plazo para que los contribuyentes puedan optar por determinar el monto del estímulo acreditable aplicando la cuota por litro de diésel adquirido de diésel adquirido durante el periodo enero a diciembre de 2015 a $3.44 por litro, anteriormente decía hasta septiembre (reforma al artículo 5o Transitorio de la 4a RMRMF 2015)

Información de transparencia Donatarias

Se prorroga hasta el 31 de octubre de 2015 el plazo para que las entidades autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del ISR, pongan a disposición del público en general la información correspondiente al ejercicio fiscal de 2014, relativa a la transparencia, al uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación, a través del programa electrónico que para tal efecto se encuentra en el Portal del SAT (artículo 2o transitorio, Anteproyecto 5a RMRMF 2015)

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