De acuerdo con información del Diario Reforma, la Compañía Bimbo esta en lucha con el SAT respecto si sus productos son o no sujetos al 8% del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), debido a su alto contenido calórico, situación que tiene antecedentes desde 2014.

El 24 de agosto, el Quinto tribunal Colegiado en materia administrativa amparo a la Compañía Bimbo otorgando 20 días hábiles, para dictar una nueva sentencia, de acuerdo a lo señalado por el Diario.

El pasado 14 de Enero, la Sala Superior del TFJFA no se ha pronunciado respecto si los productos de esta empresa, incluso los su filial “El Globo”, son objeto del IEPS.

La Controversia fiscal

El problema parece ser, la excepción que hace la Miscelánea Fiscal 2015, en la regla 5.1.7. actual, titulada “Alimentos de consumo básico” dado que esta regla señala que considerando su importancia en la alimentación de la población, se entenderán alimentos de consumo básico que no quedan gravados al 8% de IEPS entre otros, pan no dulce, como es bolillo, telera, baguette, chapata, birote y similares, blanco e integral, incluyendo el pan de caja.

Por ello, de acuerdo con lo señalado por el Diario, la Compañía indica que sus productos forman parte de alimentos básicos para la población, y deben estar fuera de gravamen, productos como el pan dulce y las galletas.

Con información de reforma.com, sinembargo.mx, planoinformativo.com y la Resolución Miscelánea Fiscal 2015.

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