El artículo 19-A, último párrafo del CFF, indica que se presumirá sin que se admita prueba en contrario, que los documentos digitales que contengan firma electrónica avanzada de las personas morales, fueron presentados por el contribuyente.
Whatsapp: (55) 3103 6804
soyejecutivof@gmail.com
El artículo 19-A, último párrafo del CFF, indica que se presumirá sin que se admita prueba en contrario, que los documentos digitales que contengan firma electrónica avanzada de las personas morales, fueron presentados por el contribuyente.
En la edición del Diario Oficial del 18 de Septiembre, se publicó una ACLARACIÓN (por no decir corrección) a las Tasas para el cálculo del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a la enajenación de gasolinas y diesel en el mes de septiembre de 2015, publicadas el 31 de agosto de 2015.
Estimado lector, en esta ocasion te presentamos algunas imagenes con la que buscamos celebrar este dia tan especial, día del amor y la amistad. Muchas Felicidades para ti y para tus seres queridos! Compártelo y suscríbete Si te gustaron estas imagenes,...
Hace unos días se publicó una interesante tesis derivada de un Juicio Contencioso Administrativo, resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA) donde se indica en síntesis que la omisión de un dato...