El día 8 de Septiembre, fue entregado por el secretario de Hacienda, Luis Videgaray, el Paquete Económico para el ejercicio 2016, que en la parte relativa a Reforma Fiscal 2016, presentamos a nuestros lectores esta serie de artículos, donde vertimos nuestros comentarios, que inician con esta primera entrega.

Esperamos les ayuden a comprender y controlar mejor este importante documento, y el proceso de cambio fiscal que representa, y le invitamos a seguir pendiente en nuestras redes sociales y en este sitio web de las subsiguientes publicaciones.

Ley del Impuesto sobre la Renta

Precisiones

Se cambia el término de sociedades de inversión a fondos inversión.

Sistema financiero

Se agrega a la Sociedades Financieras de Objeto Limitado, como integrantes del sistema financiero para efectos del Impuesto sobre la Renta.

Trabajadores no sindicalizados

Desaparece el límite para trabajadores no sindicalizados, de considerar que las prestaciones de previsión social generales para estos trabajadores fueran en promedio aritmético por cada trabajador iguales o menores respecto de los sindicalizados.

Desaparece la precisión que las primas de seguros de vida ni de gastos médicos y las aportaciones a los fondos de ahorro de los fondos de pensiones jubilaciones complementarias a la Ley del Seguro Social no se considerarían para determinar el promedio aritmético señalado.

Sector primario

Se precisa que el límite de 200 veces el salario mínimo aplicable a personas morales dedicadas exclusivamente para actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras no es aplicable a ejidos y comunidades.

Se establecen facilidades para personas físicas de no pagar ISR, hasta por un monto del ejercicio de un salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente elevado al año, cuando cumplan con lo siguiente:

1.-Obtengan ingresos por actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas pesqueras.

2.-Que dichos ingresos representan cuando menos el 25% sus ingresos totales del ejercicio, sin incluir los ingresos por las enajenaciones de activos fijos activos fijos y terrenos.

3.-Que además de sus ingresos totales no rebasen 4 veces el salario mínimo general, correspondiente al área geográfica del contribuyente, elevado al año.

Empresas generadoras de energía

Se establecen un régimen para empresas que se dediquen exclusivamente a la generación de energía proveniente de fuentes renovables, o de sistemas de cogeneración de electricidad eficiente, estableciéndoles que no están obligados al pago del ISR por los dividendos o utilidades que se distribuya de una cuenta especial denominada cuenta de utilidad por inversión en energías renovables, conforme a la iniciativa.

Nota: En nuestros siguientes artículos seguiremos comentando la iniciativa de reforma fiscal 2016, contenida dentro del paquete económico 2016, para Usted. Mientras tanto te invitamos a descargar el siguiente documento gratuitamente.

Iniciativa

Si deseas descargar la iniciativa completa con los documentos completos, lo puedes hacer de la siguiente liga

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